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José Ramón
Muñiz Rodríguez Autorización D.X.P.F.T. GF-028 Valle Inclan, 9-2ª planta of. F 32004 Ourense Tlf.- 988391474 Fax 988391061 correo.- jose@mzseg.com |
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Seguro de responsabilidad civil |
Durante el desarrollo de cualquier actividad realizada por el hombre, se pueden causar daños a otras personas. La legislación española a través del artículo 1902 y siguientes del Código Civil prevé que “El que por acción y omisión cause daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. A través de los seguros de Responsabilidad Civil, se garantiza la indemnización de los daños causados a terceros, en base a la responsabilidad exigida por el Código Civil, con los limites según nos indica la Ley 50/1980, establecidos en el contrato y en la propia Ley. Existen actividades con exigencia de tener contratada póliza de Responsabilidad Civil y legislación propia que regula dichos contratos de seguros. |